martes, 19 de abril de 2022

CENTENARIO DE LA PROCLAMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DE VENEZUELA 1910

El Benemérito General Juan Vicente Gómez, Presidente de la República de Venezuela, conmemoró con gran solemnidad el Centenario de la Proclamación de la Independencia, el 19 de abril de 1910. 

PROGRAMA DEL CENTENARIO

A continuación publicamos in-extenso el texto del programa del Centenario publicado por el Ejecutivo Federal. La sola lectura de las disposiciones que contiene basta para dar una idea de su importancia, trascendencia y utilidad y nos ahorran todo comentario. Aparte nos ocupamos en algunos puntos especiales del programa que se refieren a publicaciones ordenadas oficialmente.

Art. 1°. Los actos conmemorativos del Centenario de la Independencia de Venezuela la principiarán el 19 de abril de 1910.

Art. 2°. Se reconstruirá en forma digna de su objeto el Panteón Nacional.

Art. 3°. Se crean:

1) La Academia Militar de la República.

2) La Escuela Náutica Nacional.

3) Una Escuela Normal.

4) Un Jardín Botánico.

Art. 4°. Se construirá:

1) Un dique de acero, en Puerto Cabello, que llene las necesidades de la Armada Nacional y de la marina mercante nacional y extranjera.

2) Un edificio para Biblioteca Nacional.

3) Un edificio a prueba de incendio para la Oficina Principal de Registro Público y Archivo Nacional.

4) Un edificio para operaciones quirúrgicas, a inmediaciones del Hospital Vargas, e independientemente del cuerpo general de éste.

5) Un edificio de Correos y Telégrafos Nacionales.

Art. 5°. De conformidad con el Acuerdo Legislativo de 4 de agosto de 1909, procédase a levantar el Censo de la Nación.

Art. 6°. Adquirida para la Nación, por suscripción pública, la casa donde nació Simón Bolívar en esta ciudad de Caracas, se la restituirá con la fidelidad posible a la forma que tenía en 1783; se establecerá en la venerable mansión el Museo Boliviano, y se consagrarán sus muros a narrar en frescos o en lienzos la vida del Padre de la Patria.

Art. 7°. Se erigirán en los jardines del Paseo Independencia de la Capital de la República, los bustos de José María España, Francisco Salias, General José Félix Ribas, Manuel Gual y José Cortés de Madariaga.

Art. 8°. Se fijarán inscripciones conmemorativas en los sitios y edificios célebres en los fastos del 19 de abril de 1810, 5 de julio de 1811 y de la Sociedad Patriótica de aquella época.

Art. 9°. Solemnizarán la conmemoración del Centenario, los siguientes Congresos:

1) De Municipalidades, compuesto de un Delegado por cada ilustre Concejo de la República.

2) Primer Congreso Venezolano de Medicina.

Art. 10°. Se invitará a los Gobiernos de las Repúblicas Latino Americanas a una Conferencia, que se efectuará en Caracas para celebrar una Convención Telegráfica Internacional, por la cual se establezca y reglamente la comunicación telegráfica entre dichas Repúblicas.

Art. 11°. Se invitará a los Gobiernos de las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia a concurrir a la formación del Primer Congreso Boliviano, que se celebrará en Caracas en los primeros cinco días del mes de julio de 1911, para tratar asuntos de interés común de todo orden.

Art. 12°. Se establecen los concursos siguientes:

1) De Industrias Rurales, para los productos de la Agricultura y la Cría del País mejor preparados para el consumo interno o para la exportación, tales como: miel, cera, quesos, mantequillas, féculas y almidones diversos, aceites de todas clases, azúcares, fibras, etc., etc., así como los utensilios y máquinas empleadas para prepararlos, siempre que sean inventados o mejorados en Venezuela.

2) De Horticultura y Floricultura; para las colecciones más variadas y completas de legumbres y flores cultivadas en el Distrito Federal, especialmente cuando provengan de plantas originarias del País, que hayan sido mejoradas por el cultivo.

3) De Zootecnia; para ejemplares notables de animales de cría ensayada o ensayable en el País, y de animales cuyas plumas o piel sean industrialmente útiles.

4) De Bellas Artes, conforme lo determina el Reglamento de la Academia del ramo.

Art. 13°. Organícense dos exposiciones:

1) Una Nacional de Bellas Artes, objetos de interés histórico y fotografías de sitios inmejorables, tipos y bellezas naturales del País.

2) Una internacional de Muebles Escolares y útiles de Enseñanza, destinada a fijar concepto sobre los modelos más adecuadas a las Escuelas e Institutos Docentes de la República.

Art. 14°. Procédase a constituir la Comisión Exploradora prevista en la Disposición Ejecutiva de 29 de marzo de 1909.

Art. 15°. Se constituye el Ateneo de Caracas.

Art. 16°. Adquiéranse los terrenos del Hipódromo de la Avenida de “El Paraíso”, que se destinarán a los concursos de Zootecnia, Floricultura, Horticultura e Industrias Rurales.

Art. 17°. Se imprimirán o reimprimirán, por cuenta de la Nación, las siguientes obras:

a) El Diario de Bucaramanga.

b) El Apéndice a la Narración de las “Memorias del General O’Leary” (Tomo III) y Correspondencia del Libertador (1829-1830).

c) Defensa del Libertador por Don Simón Rodríguez.

d) Historia de Venezuela, Documentos y Apéndice por Francisco Javier Yanes.

e) Historia Contemporánea de Venezuela por el Doctor Francisco González Guinán.

f) El Libro de Actas del Congreso de 1811.

g) Primera Edición del Mapa Físico y Político de Venezuela, escala al millonésimo.

h) Plano de Caracas en 1810.

i) Canciones Patrióticas (1810-1850).

j) Actas y Trabajos del Primer Congreso Venezolano de Medicina.

k) Composiciones Musicales por Manuel L. Rodríguez.

l) El Libro del Centenario con las reseñas de la conmemoración, conclusiones de los Concursos, etc., etc.

Art. 18°. El 17 de diciembre de 1910, aniversario de la muerte de Simón Bolívar, se celebrarán solemnes honras fúnebres en la Santa Iglesia Metropolitana.

Art. 19°. Eríjanse los siguiente monumentos:

1) Uno consagrado a la gloria de Antonio Ricaurte, en el propio sitio donde murió heroicamente en San Mateo.

2) En conmemoración de la Conferencia realizada en el pueblo de Santa Ana, para la regularización de la guerra, entre los Generales Bolívar y Morillo, y del voto de éste por que se alzara un monumento en el lugar donde ambos Jefes se abrazaron: levántese una columna prismática en Santa Ana en la cual se colocará con inscripciones adecuadas, la piedra puesta por los oficiales republicanos y realistas para marcar el memorable sitio.

Art. 20°. Se crea una Medalla Conmemorativa del Primer Centenario de la Independencia de Venezuela.

Art. 21°. Serán especialmente invitadas las Repúblicas de Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, nuestras hermanas en la gloria de la Epopeya libertadora.

Art. 22°. A fin de dejar constancia de que la Revolución Emancipadora no rompió ni podía romper los vínculos que unen a Venezuela con la Madre Patria, comuníquese al Gobierno de la Nación Española el agrado con que Venezuela la vería representada en los actos a que refiere el presente Decreto.

Art. 23°. En recuerdo de los servicios prestados a la Causa de la Independencia por la Gran Bretaña y Haití, invítese también especialmente a los Gobiernos de estas dos naciones amigas a concurrir a la conmemoración del Centenario.

Art. 24°. El orden de las Ceremonias será, conforme a programas especiales, el siguiente:

19 de abril de 1910:

Apertura de los Concursos indicados en el artículo 25.

Instalación de la Junta Central del Censo Nacional.

Ceremonia inicial de la reconstrucción del Panteón Nacional.

Iniciación de los trabajos del edificio para la Biblioteca Nacional.

Colocación de la primera piedra del edificio para operaciones quirúrgicas. 

24 de junio de 1910:

Apertura de los trabajos para el edificio de la Oficina de Registro Principal y Archivo Nacional.

Ceremonia inicial de los trabajos del edificio de Correos y Telégrafos. 

5 de julio de 1910:

Apertura de la Academia Militar y de la Escuela Náutica.

Inauguración en La Guaira, del Telégrafo inalámbrico.

Promulgación de veredictos recaídos en los Concursos a que se refiere el artículo 25. 

24 de julio de 1910:

Solemne entrega a la Nación de la casa donde nació el Libertador. 

28 de octubre de 1910:

Apertura del Concurso de Industrias Rurales.

Instalación del Ateneo. 

9 de diciembre de 1910:

Sesión inaugural de la Conferencia Telegráfica de las Repúblicas Latino-Americanas. 

17 de diciembre de 1910:

Solemnes honras fúnebres al Libertador, en la Santa Iglesia Metropolitana. 

19 de diciembre de 1910:

Inauguración de la Avenida “19 de diciembre”.

Apertura de la Exposición de Muebles Escolares. 

1 de enero de 1911:

Inauguración del edificio para la Biblioteca Nacional.

Inauguración del edificio para operaciones quirúrgicas.

Instalación de la Escuela Normal. 

19 de abril de 1911:

Instalación en la Capital del Congreso de Municipalidades.

Inauguración del Panteón Nacional.

Apertura del Concurso de Floricultura y Horticultura.

Inauguración del edificio para la Oficina de Registro Principal y Archivo Nacional.

Inauguración del edificio de Correos y Telégrafos.

Apertura de la Exposición de Bellas Artes. 

24 de junio de 1911:

Instalación del Primer Congreso Venezolano de Medicina.

Apertura del Concurso de Zootecnia.

Inauguración del Monumento “Carabobo” en el Paseo Independencia. 

1 de julio de 1911:

Instalación del Primer Congreso Boliviano. 

5 de julio de 1911:

Depósito del Libro de Actas del Congreso de 1811 en el Arca destinada a ese objeto y solemne investidura de la Llave de esa Arca al Presidente de los Estados Unidos de Venezuela.

Clausura del Primer Congreso Boliviano.

Dedicación de la casa donde nació el Libertador.

Inauguración del Dique de acero, en Puerto Cabello.

Inauguración de Bustos y Monumentos. 

24 de julio de 1911:

Inauguración del Museo Boliviano. 

Artículo 25.- Los concursos para los proyectos y bocetos de las obras prescritas en los artículos 2°, 4°, 8°, 19° y 20° del presente Decreto y para el Arca y Llave requeridas por Decreto del 1° de enero de 1910, se abrirán por resoluciones especiales el 19 de abril de 1910.

(Revista "El Cojo Ilustrado" del 15 de abril de 1910. Número 440, página 252. Caracas, Venezuela).